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Divorcios Burgos
Guía · Ley 35/2006 del IRPF, arts. 58 a 64 y 84, septiembre de 2026

Hacienda y los hijos tras el divorcio

Por David Martínez Pardo, responsable de Divorcios Burgos, que trabaja con abogados de familia según cada caso

La respuesta corta

Tras el divorcio, el mínimo por hijos en la renta lo aplica quien tiene la guarda y custodia; con custodia compartida, se reparte por partes iguales entre los dos (Ley 35/2006, arts. 58 y 61). Quien paga una pensión de alimentos fijada por el juez no aplica ese mínimo, pero tributa con una escala más favorable (arts. 64 y 75). Y el progenitor que vive solo con sus hijos menores puede optar por la declaración conjunta monoparental con una reducción de 2.150 € (art. 84).

  • Quien convivecon los hijos aplica el mínimo por descendientes
  • Custodia compartidael mínimo se reparte por mitades
  • 2.150 €reducción en conjunta monoparental (art. 84)

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Resumen según tu situación

SituaciónMínimo por hijosPensión de alimentos
Los hijos viven contigo (custodia exclusiva)Lo aplicas túLa recibes exenta
Custodia compartidaSe reparte por mitadesNormalmente, ninguna o compensación entre los dos
Pagas alimentos por sentencia o convenio aprobadoNo lo aplicasEscala separada para ti (arts. 64 y 75)

Importes de referencia

El mínimo por descendientes es de 2.400 € por el primer hijo, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.500 € por el cuarto y siguientes, más 2.800 € por cada menor de tres años (art. 58). Comprueba los importes del ejercicio que declares.

Calcula la pensión de alimentos y mira cómo tributa cada una.

Preguntas frecuentes

¿Quién declara a los hijos después del divorcio?

Cada progenitor presenta su declaración. El mínimo por descendientes corresponde a quien tiene la guarda y custodia; si es compartida, se prorratea a partes iguales (Ley 35/2006, art. 61).

¿Puedo aplicar el mínimo por hijos si pago pensión de alimentos?

No: quien paga alimentos por decisión judicial no aplica el mínimo por descendientes por esos hijos. A cambio, la pensión tributa con escala separada, lo que suele rebajar su cuota (arts. 64 y 75).

¿Tributan los alimentos que recibe el otro progenitor?

No: la pensión de alimentos de los hijos está exenta para quien la cobra si la fija una resolución judicial (art. 7.k).

¿Qué es la tributación conjunta monoparental?

Es la opción de una persona que vive sin pareja con sus hijos menores (o mayores incapacitados) de presentar una declaración conjunta con ellos, con una reducción de 2.150 € en la base (art. 84). Con custodia compartida hay reglas específicas: conviene revisarlo cada año.

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Fuentes oficiales

Revisado en septiembre de 2026. Información general: cada caso tiene matices que conviene revisar con un abogado.

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