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Divorcios Burgos
Guía · Código Civil y Ley del Notariado, septiembre de 2026

Divorcio ante notario

Por David Martínez Pardo, responsable de Divorcios Burgos, que trabaja con abogados de familia según cada caso

La respuesta corta

Desde 2015 podéis divorciaros en una notaría, sin juzgado, si se cumplen tres condiciones: mutuo acuerdo, más de tres meses casados y sin hijos menores no emancipados ni mayores con medidas de apoyo atribuidas a los padres. Os tiene que asistir un abogado y firmáis los dos en persona (Código Civil, arts. 82 y 87). Suele ser la vía más rápida.

  • Sin juzgadofirma ante notario, con abogado
  • Sin hijos menoresni mayores con medidas de apoyo
  • Efecto inmediatodesde la firma de la escritura

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Cómo es, paso a paso

  1. El abogado redacta el convenio regulador con vosotros.
  2. Elegís notaría (del último domicilio común o del de cualquiera de los dos) y le enviáis la documentación.
  3. Firmáis la escritura los dos, en persona, con el abogado. Si hay hijos mayores o emancipados afectados por alguna medida, también ellos consienten.
  4. El divorcio produce efectos desde la escritura; la notaría lo comunica al Registro Civil.

Qué llevar

  • DNI de los dos y del abogado.
  • Certificado literal de matrimonio y certificado de empadronamiento.
  • Certificados de nacimiento de los hijos, si los hay.
  • El convenio regulador.
  • Si liquidáis la vivienda en el mismo acto: escritura, nota simple, recibo del IBI y datos de la hipoteca.

Tu lista de documentos para ir tachando.

Divorcio y casa en la misma firma

Podéis firmar el divorcio y la liquidación de gananciales, con la adjudicación de la vivienda a uno, en la misma notaría. Esa adjudicación está exenta de ITP y AJD (RDL 1/1993, art. 45.I.B.3). Antes de firmar, conviene tener el valor real de la casa y la respuesta del banco sobre la hipoteca. Comprar la parte de tu ex.

Preguntas frecuentes

¿Qué notario puedo elegir para divorciarme?

Uno del último domicilio común o del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los dos (Ley del Notariado, art. 54).

¿Se puede divorciar ante notario con hijos mayores de edad?

Sí, siempre que no tengan medidas de apoyo atribuidas a los padres. Si el convenio incluye medidas que les afectan, como la pensión de alimentos porque viven en casa sin ingresos, los hijos deben dar su consentimiento.

¿Puede el notario negarse?

Sí: si considera que algún acuerdo es dañoso o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges o para los hijos mayores o emancipados afectados, lo advierte y da por terminado el expediente; entonces solo queda acudir al juez.

¿Hace falta abogado para el divorcio notarial?

Sí, es obligatorio (Código Civil, art. 82). Puede ser el mismo para los dos.

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Fuentes oficiales

Revisado en septiembre de 2026. Información general: cada caso tiene matices que conviene revisar con un abogado.

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